Silvano Aureoles Conejo, Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo, con fundamento en los artículos 47, 60 fracción XXII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo; 47 fracciones IX y X; 53, 57, 58 y 59 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo; 2, 3, 4, 5, 6, 9, 11 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y,CONSIDERANDO
Que conforme a lo previsto en los artículos 53, 57 y 58 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, el Consejo de Participación Ciudadana, es el órgano consultivo del Sistema, que tendrá por objeto vigilar las políticas públicas en materia de Seguridad Pública y Procuración de Justicia, así como del cumplimiento de las diversas disposiciones aplicables; y,
Que el Consejo de Participación Ciudadana, se integrará de la siguiente manera:
- Dos representantes de la comunidad académica universitaria o superior del sector público y privado, respectivamente;
- Un representante de la iniciativa privada;
- Un representante del sector turístico;
- Un representante de alguna asociación civil relacionada con el tema de Seguridad Pública;
- Dos representantes del sector social; y,
- Dos representantes de las comunidades indígenas.
En razón de lo anterior, el Gobierno del Estado de Michoacán, emite la siguiente:
CONVOCATORIA
A la comunidad académica; universitaria o superior del sector público y privado; iniciativa privada; sector turístico; asociaciones civiles debidamente constituidas conforme lo marca la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, relacionadas con la Seguridad Pública; sector social y comunidades indígenas, que deseen formar parte del órgano consultivo de participación ciudadana para el periodo 2015-2018, que tendrá como finalidad vigilar las políticas públicas en materia de Seguridad Pública y Procuración de Justicia.
BASES
PRIMERO.- Conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Ser michoacano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos;
- Carecer de cargo, comisión o empleo alguno en el servicio público federal, estatal o municipal;
- No tener cargo o empleo alguno en los partidos políticos, ni desempeñar actividades partidistas o militar en algún partido político;
- No haber sido condenado por sentencia irrevocable como responsable de un delito doloso o por delito culposo calificado como grave por la ley, ni estar sujeto a procedimiento penal; y,
- Los aspirantes que reúnan los anteriores requisitos y resulten electos, durarán en el encargo tres años y tendrán carácter honorífico.
SEGUNDO.- Cada aspirante deberá presentar la documentación oficial siguiente:
- Escrito libre o carta de intención en donde manifieste su voluntad de participar; las razones por las que desea integrarse al Consejo de Participación Ciudadana y describa su experiencia relevante en el tema;
- Original o copia certificada del acta de nacimiento;
- Copia de la credencial de elector, o de cualquier otra identificación oficial con domicilio en el Estado de Michoacán;
- Original del comprobante de domicilio;
- Carta manifestando bajo protesta de decir verdad, que se está en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; y que no es ni ha sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político en los dos años inmediatos anteriores y durante el año de la designación;
- Carta compromiso donde manifieste su disponibilidad para asistir a reuniones periódicas, al menos cada dos meses;
- Carta de no antecedentes penales con fecha de expedición no mayor a tres meses;
- Documento que haga constar que el aspirante pertenece a alguno de los sectores o comunidades a los que va dirigida la presente Convocatoria; y,
- Currículum vitae firmado, con fotografía y documentos en anexo que respalden su experiencia; así como síntesis curricular, misma que se publicará en la fam page sesesp centro estatal de prevención del delito, en caso de resultar seleccionada (o).
TERCERO.- Las y los ciudadanos que aspiren a ser representantes del Consejo de Participación Ciudadana, deberán presentar físicamente la documentación señalada, en las oficinas del Centro Estatal de Prevención del Delito y Participación Ciudadana, cito en Edificio “C” planta baja, ubicado en Calle Teodoro Gamero # 65 esquina con periférico Paseo de la República, Col. Sentimientos de la Nación, C.P. 58178, Morelia, Michoacán, en un horario de 10:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. Para mayores informes, los interesados podrán llamar a los teléfonos: (443) 299 68 19 y (443) 299 64 34 o vía electrónica, al siguiente correo cepdpcmich1@gmail.com.
CUARTO.- El periodo de inscripción será del nueve al quince de diciembre del año 2015 dos mil quince; y en ningún caso, se aceptará la entrega de documentos fuera del plazo, horario y lugar señalado en la presente Convocatoria.
PROCESO DE SELECCIÓN
PRIMERO.- Una vez recibidas las solicitudes, se procederá por parte del Comité de Selección, previamente designado por el Titular del Ejecutivo del Estado; a realizar un estudio y valoración de las mismas, a efecto de filtrar y seleccionar aquellas que cumplan con los requisitos de elegibilidad.
SEGUNDO.- Una vez elaborada la relación de personas que presentaron su solicitud, el Comité de selección contará con tres días hábiles para completar el proceso de selección, la decisión del Comité será irrevocable.
TERCERO.- Seleccionados los nueve ciudadanos que integrarán el Consejo de Participación Ciudadana, el Gobernador Constitucional del Estado de Michoacán, en cumplimiento al artículo 57 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública, solicitará al H. Congreso del Estado de Michoacán de Ocampo, la ratificación de los mismos.
CUARTO.- Una vez ratificada la propuesta formalizada por el Gobernador del Estado al Congreso local, se publicará en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo en un periodo no mayor a 30 de días naturales.
QUINTO.- Habiendo concluido el proceso anterior, se citará a los representantes electos, por conducto del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, a efecto de llevar a cabo la sesión de instalación del Consejo de Participación Ciudadana.
SEXTO.- Ante la falta de postulaciones, conforme a los requerimientos antes previstos, se declarará desierta la Convocatoria y se emitirá una nueva, dentro del término de tres días hábiles siguientes a dicha declaración.
Morelia, Michoacán de Ocampo, a nueve de diciembre de 2015 dos mil quince.
