Se busca afianzar su autonomía e independencia y fortalecer la profesionalización de su personal. Morelia; Michoacán, 15 de noviembre de 2017.- Con una votación unanime el Pleno del Congreso del Estado, aprobó un exhorto dirigido al Congreso de la Unión para que se actualice el contenido del articulo 167 del Codigo Nacional de Procedimientos Penales. La propuesta pretende la actualización del catálogo de delitos por lo que se considerarán delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, el homicidio doloso, violación, delitos cometidos con medios violentos como armas de fuego y explosivos, aquellos delitos graves contra el libre desarrollo de la personalidad y los demás que por su trascendencia determine su legislación penal. De acuerdo a las consideraciones del dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales el Código Nacional de Procedimientos Penales no contempla la atribución a las autoridades de las Entidades Federativas para ordenar prisión preventiva oficiosa de acuerdo a sus tipos penales locales, como si lo es específico en determinarlo para la Federación. Por lo que la Septuagésima Tercera Legislatura en ejercicio de las facultades remitieron la propuesta de Acuerdo mediante el cual se exhorta al Congreso de la Unión para que actualicé el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva contenido el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, considerando aquellos delitos contra el libre desarrollo de la personalidad.

  • Se busca afianzar su autonomía e independencia y fortalecer la profesionalización de su personal.

 

Morelia; Michoacán, 15 de noviembre de 2017.- El pleno de la Septuagésima Tercera Legislatura aprobó por unanimidad él “ha lugar” para admitir la discusión de la iniciativa con proyecto de decreto mediante el cual se reforman los artículos 133 y 134 de la Constitución Política de Michoacán.

El dictamen elaborado por las Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso, establece la propuesta legislativa que propone la modificación de dos preceptos constitucionales para la modernización de la Auditoria Superior del Estado de Michoacán (ASM).

El dictamen avalado por los congresistas permitirá propiciar una reingeniería de la ASM, para afianzar su autonomía e independencia y fortalecer la profesionalización de su personal.

Luego del análisis de la propuesta de modificación de los artículos en mención se concluyó declarar ha lugar para admitir a discusión la propuesta de reforma constitucional, toda vez que la misma no contradice disposiciones del sistema federal de competencias, así como tampoco desconoce disposiciones Constitucionales vigentes en el Estado de Michoacán.

Las modificaciones que se proponen para el artículo 133 son: cambio en la denominación al órgano de fiscalización en el estado, dotarla de autonomía financiera y establecer un periodo anual que abarque el informe que este órgano debe presentar al Congreso del Estado.

En lo que respecta a la propuesta de reforma al artículo 134, para determinar el tiempo del informe en congruencia con la propuesta de reforma al artículo 133, se crea un consejo de la auditoria que será  nombrado por el Congreso, y determinar la implementación de un servicio profesional de carrera, del cual se deberá informar trimestralmente.